lunes, 30 de abril de 2007

Comentario al proyecto de Ley de la Lectura,... (aspectos generales)

Lo prometido es deuda. Aquí está el comentario sobre el proyecto de ley, voy a dividirlo en dos: una parte más general, y una parte más centrada específicamente en las bibliotecas. De todos modos, hay que estar atento a las novedades que se han producido en el último mes (tramitación en el Congreso y aprobación por el mismo del proyecto de ley, que ha pasado al Senado). Aunque realmente no son apenas significativas, a excepción, claro está, del establecimiento de una tasa por cada préstamo de material bibliotecario, es decir, el polémico préstamo de pago. De él hablaré en los próximos días. El proyecto de ley "remozado" podéis encontrarlo aquí: http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/SEN/BOCG/II/II0094A.PDF

Comentario al proyecto de ley:

Como introducción, considero conveniente contextualizar los antecedentes históricos y la evolución en la elaboración de esta ley.

En 1982, se produjo la llegada al poder del PSOE, que supuso un cambio político muy importante. Para el mundo bibliotecario español vino acompañada de la promesa esperanzadora de que se llevaría al Congreso una Ley de Bibliotecas. Sin embargo, el proyecto no se llevó a cabo. Y, posteriormente, ni los gobiernos socialistas ni populares se hicieron eco de las necesidades bibliotecarias. Así se mantuvo la cuestión hasta que en la presente legislatura, el Gobierno parecía tener intención de cambiar la situación.

Pero, a la hora de realizar el anteproyecto, ni siquiera se consultó a los profesionales bibliotecarios y durante aquel tiempo (junio de 2006) se celebraron las X Jornadas de Cooperación Bibliotecaria entre el Ministerio de Cultura y las Comunidades Autónomas en Santiago de Compostela. Posteriormente, antes de aprobar el Proyecto de ley en noviembre, se solicitaron informes de instituciones y asociaciones bibliotecarias, pero ni una sola de las propuestas fue recogida. Como bien dijo Mateo León, en su comparecencia en el Congreso de los Diputados el 16 de marzo de este año, se trató de un simple formulismo protocolario. Todo esto nos da una idea del nivel de consideración que tiene el Gobierno y la Administración (desgraciadamente, ya es tradición secular) hacia el sector bibliotecario.

Tras una lectura rápida de la presente ley, en principio nos quedan dos sensaciones:

1º. Se trata de una "Ley del Libro", sin más. El resto del título de la ley es un mero añadido que expresa buenas voluntades pero no concreta nada. Y tanto es así que aspectos como la promoción de la creatividad literaria y las bibliotecas apenas han tenido reflejo en los medios de comunicación. El ejemplo más paradigmático de este hecho lo encontramos en un artículo de La Vanguardia con este titular: Buena acogida de editores, libreros y partidos a la Ley del Libro”.

2º. Parece ser un pastiche, producto de las prisas, con interés principalmente de impacto mediático. El objetivo era superar la ley franquista del libro. Pero para el ámbito bibliotecario, no hay nada nuevo.

Entrando en mayores profundidades, se me plantean varias cuestiones que considero relevantes:

-Se diferencia acertadamente entre “información” (ilimitada) y la adquisición del “conocimiento” (que es mucho más lenta que la lectura de la información, ya que requiere la interiorización de los conceptos).

-Se echa de menos una mayor precisión terminológica, las definiciones son muy sucintas, destacando la de biblioteca (que sólo contiene el concepto de biblioteca pública, no incluyendo los otros tipos de biblioteca). Y, desde luego, sin olvidar tampoco la de libro. Es tan laxa que prácticamente todo puede ser un libro. Así que no sorprende que agrade tanto a los editores.

-Se "quiere" (expresión de mero voluntarismo) que los planes de fomento de la lectura sean continuados, pero no se determina una periodicidad explícita. Por otro lado, no se toma en consideración la diversidad cultural y lingüística de España ni las circunstanciales especiales derivadas de la inmigración.

-Nadie duda que las librerías (en especial las pequeñas) tienen una naturaleza que va más allá de la puramente comercial. En este sentido, considerarlas "agentes culturales" es positivo. Sin embargo, queda pendiente de determinar en qué se plasmará esta cualidad.

-Por otro lado, ¿cómo se puede conjugar la defensa de las pequeñas librerías con la medida de liberalización de los precios de los libros de texto? ¿No significa que nuevamente se favorece claramente a las grandes superficies en ese enorme pedazo de tarta?

-Así mismo, no es de extrañar que la CEAPA (Confederación Española de Madres y Padres de Alumnos) muestre su disconformidad ya que, con esta medida, el Gobierno “se aleja del objetivo de la gratuidad” de los libros de texto. Sin este elemento clave, es falso decir que el sistema educativo español está financiado íntegramente por las administraciones públicas.

-El punto octavo del artículo 8 referente a que no se podrá utilizar el libro como reclamo para la venta de productos de otra naturaleza es positivo. Pero habrá que ver cómo se materializa este extremo. Exactamente lo mismo puede decirse del régimen sancionador.

En definitiva, casi todo en esta ley queda en un entorno retórico y ambiguo, pendiente de un desarrollo legislativo posterior mediante Reales Decretos y Decretos Legislativos, etc. Y en el caso de las bibliotecas no podía ser distinto. Aquí voy a detenerme especialmente, debido a que es la materia que más nos interesa.

Fuentes utilizadas (aparte de los textos legislativos, alojados en BOE.es):

-FERNÁNDEZ, Victoria. “La Ley del Libro, la Lectura y las Bibliotecas”. Cuadernos de Literatura Infantil y Juvenil [en línea]. Diciembre de 2006, nº 199. http://www.revistasculturales.com/articulos/33/clij/654/1/la-ley-del-libro-la-lectura-y-las-bibliotecas.html [25 de abril de 2007]

-SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Juan. “El cuento de la Ley de Bibliotecas”. Mi Biblioteca. Nº 6 (Verano 2006), [p. 17?]

-SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Juan, "¿Ley de Bibliotecas? No, gracias". El Digital de Castilla-La Mancha [en línea]. 7 de septiembre de 2006. http://www.eldigitalcastillalamancha.es/articulos.asp?idarticulo=4968%20 [Consulta: 26 de abril de 2007]

-“El Gobierno liberaliza el precio de los manuales y decide que el resto de los libros tengan coste fijo” [en línea]. El País.com. 3 de noviembre de 2006. http://www.elpais.com/articulo/cultura/Gobierno/liberaliza/precio/manuales/decide/resto/libros/tengan/coste/fijo/elpporcul/20061103elpepucul_4/Tes [Consulta: 25 de abril de 2007]

-AGENCIA EFE. “Buena acogida de editores, libreros y partidos a la Ley del Libro”. La Vanguardia.es. 3 de noviembre de 2006. http://www.lavanguardia.es/gen/20061103/51290927562/noticias/buena-acogida-de-editores-libreros-y-partidos-a-la-ley-del-libro-gremios-pp-emiliano-martinez-jordi-vilajoana-congreso-concapa-madrid-ciu.html [Consulta: 25 de abril de 2007]

jueves, 26 de abril de 2007

Un merecido premio a Cervantes y a Antonio Gamoneda

Hace unos días entré en el portal de Abebooks.fr y me encontré con el siguiente enlace: "Les 100 meilleurs livres de l'histoire de la littérature". Sin duda, título muy sugestivo y que daba juego, al menos, a la curiosidad. Así que pulsé el link. Resultó ser un estudio bastante serio: cien escritores de más de cincuenta países habían elegido cada uno los 10 libros que más les habían influido. Y no pude más que alegrarme al ver que el libro que había sido elegido como el más influyente en la historia de la literatura era "El Quijote" de D. Miguel de Cervantes.

Ahora precisamente que acaba de celebrarse el Premio Cervantes, resuenan con fuerza las palabras del discurso de Antonio Gamoneda en el acto de entrega. Tanto Gamoneda como Cervantes provienen de la miseria y de la pobreza. Ellas han fraguado sus obras literarias. Como dijo el poeta leonés: ..."la obra creativa de Cervantes...fue hecha, precisamente, desde la pobreza." Dejémonos llevar de la falsa locura de el Quijote para enfrentarnos a los molinos de viento ya que como dijo Antonio Gamoneda "la autoridad del Quijote ha permanecido, pero yo creo que el libro aún ha de ser mejor comprendido". Y sigamos disfrutando las venturas y desventuras del ingenioso hidalgo. Porque leer también da placer. Del mismo modo que la lectura del discurso de Gamoneda (se puede encontrar íntegro en diversos periódicos). Os invito a que lo leais. Es precioso y desgarrador al mismo tiempo.

martes, 17 de abril de 2007

Proyecto de Ley de la lectura, del libro y de las bibliotecas: un resumen detallado

Tod@s sabemos lo tedioso y complicado que es ponerse a leer una ley. Con el objetivo de evitar este obstáculo a quienes no se atreven a hincarle el diente a un texto legislativo, he realizado un resumen del proyecto de Ley del Libro (como se conoce en los medios). Espero que sea de utilidad, tanto para aquellos que estamos relacionados con el ámbito bibliotecario como para quienes simplemente estén interesados en conocer algo más detenidamente un proyecto de ley que nos a atañe a toda la sociedad. En próximos días, publicaré un comentario sobre este proyecto de ley. De momento, sólo decir que considero que el documento a analizar debería denominarse "proyecto de ley del Libro", porque realmente lo único que queda definido es lo que afecta a la industria del libro. Por último, sólo decir que he seguido la estructura del proyecto de ley. Un saludo cordial. Este es mi resumen:
Exposición de motivos:

Este proyecto de ley tiene como objetivo convertir la lectura en un hábito cotidiano de todas las personas, no sólo en su vertiente de ocio, sino precisamente haciendo especial hincapié en su condición de herramienta indispensable para que toda la ciudadanía pueda desenvolverse en condiciones de igualdad en la sociedad del conocimiento.
El texto toma como referente a los países más avanzados de la Unión Europea , con hábitos lectores consolidados. Se comprende que la lectura ha adquirido mayor protagonismo en los diferentes ámbitos de la sociedad, sobre todo en la escuela (adolescentes). Se señala que la LOE , en su art. 113, obliga a todo centro escolar público a tener una biblioteca escolar.

Otra finalidad principal del proyecto de ley es apoyar a los autores, y al sector industrial del libro (editoriales y libreros).
Se señala la necesidad de la redefinición del concepto libro, debido especialmente a las nuevas tecnologías.
Por último, se pretende dar un nuevo impulso al papel de la AGE (Administración General del Estado) en su labor de impulsora y coordinadora del Sistema Español de Bibliotecas, con el fin de tener un mapa general de la situación del país y poder subsanar las deficiencias existentes.
Con esta ley se supera la preconstitucional Ley del Libro 9/1975. Y se alude explícitamente a la obligatoriedad del fomento de la cultura por parte de las distintas administraciones públicas (recogido en el art. 44 de la CE, junto con la distribución de competencias que asigna el art. 149.2 CE).

Capítulo I: Disposiciones generales

-Se realiza la definición de libro, publicación seriada, editor, distribuidor, consumidor final y biblioteca. Esta ley protege tanto a los libros como a las publicaciones seriadas, que son considerados “producto cultural”. En la definición de ambos, se comprende tanto los libros impresos en papel como en otros formatos (ampliación del concepto tradicional) y otros materiales que incluya (por ej., cd´s adjuntos)
Asimismo, se comprende dentro de los libreros tanto a aquellos que venden en espacios físicos como a distancia (incluyendo vía Internet).
En cuanto al término biblioteca, se señala su naturaleza de servicio al ciudadano (al hablar de su papel de difusión de la cultura).

Capítulo II: Promoción de la lectura

Que se realiza mediante Planes de fomento de la lectura, elaborados por el Ministerio de Cultura y en los que se quiere colaborar con otras administraciones y entidades, tanto públicas como privadas. Los destinatarios prioritarios serán los jóvenes, los desfavorecidos socialmente (con mención especial a los discapacitados).
Se quiere que sean planes continuados, que presten especial atención a las bibliotecas públicas y escolares.

Capítulo III: Promoción del libro y de los agentes del libro
-En cuanto a la promoción de los autores, destaca que se tiene en cuenta tanto la actividad literaria, científica y técnica. Habrá un sistema de premios nacionales. Se incide en el respeto y protección de los derechos de propiedad intelectual.
-Respecto a la promoción de la industria del libro, se da una especial consideración a las librerías como “agentes culturales”. La cooperación irá dirigida a la difusión de la lectura, mejor formación de sus profesionales y a la consolidación de la industria del libro en mercados internacionales.

Capítulo IV: Régimen jurídico del libro

-El MCU es el encargado del control del ISBN en nuestro país, así como la Biblioteca Nacional del ISSN.
-Los libros tendrán un precio fijo, que será el establecido por el editor o por el primer importador. El precio de venta al público sólo puede oscilar entre el 95 y el 100% del precio fijo. Sólo podrá haber un precio diferente en el caso de la venta de colecciones completas (siempre menor precio) o en la venta a plazos o a crédito.

-Excepciones al precio fijo: los libros de bibliófilo, los libros artísticos, los libros antiguos, los libros usados, las suscripciones en fase de prepublicación y los ejemplares editados por instituciones y destinados a sus miembros, los libros descatalogados y los libros adquiridos por el librero después de dos años de la última edición y que hayan sido ofertados durante un período mínimo de seis meses.
Mención especial merecen los libros de texto y material didáctico (tanto destinado al alumno como al docente), así como las ventas en Ferias del Libro (que podrán tener un descuento máximo del 10%). Cuando el consumidor final sea una biblioteca, un archivo o una institución científica habrá posibilidad de un 15% de descuento como máximo.

Capítulo V: Las bibliotecas

Dentro de la misión, principios y valores de las bibliotecas, lo más novedoso es el compromiso de que éstas contribuyan a la divulgación de las TIC. Al referirse a las bibliotecas escolares, remite a la L.O.E.
-Se sigue entendiendo el Sistema Español de Bibliotecas como en la Ley 16/1985 de PHE. Integran el Sistema Español de Bibliotecas: el MCU, la Biblioteca Nacional y las bibliotecas de titularidad estatal, el Consejo de Cooperación Bibliotecaria y los sistemas bibliotecarios de otras administraciones (públicas o privadas) con las que se coopere.

Se fomentará la lectura (como se indica en la exposición de motivos). Incluir que se promocionará la formación adecuada de los bibliotecarios y se impulsará la investigación en el ámbito bibliotecario.
-Respecto a la cooperación bibliotecaria, queda en el plano del voluntarismo. Corresponde al Consejo de Cooperación Bibliotecaria canalizar dicha cooperación entre las Administraciones Públicas. Por su parte, el MCU promoverá la presencia española en organismos internacionales y la participación en proyectos (sobre todo en el espacio europeo e iberoamericano).

Capítulo VI: Régimen sancionador
-La potestad sancionadora se ejercerá en función de la LRJ-PAC (Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) 30/1992.
-Se establecen dos niveles de infracciones (acciones que contravengan el art. 8): leves (con sanción de cuantía de 1000 a 10000€) y graves (de 10001 a 100000€). Estas multas de carácter administrativo no impedirán el ejercicio de acciones legales amparadas en la legislación específica de competencia desleal (Ley de competencia desleal 3/1991, de 10 de enero).

Disposiciones adicionales:

1ª-Se considera el Depósito Legal como obligatorio, para la preservación de los derechos de autor y de acceso a la información de toda la ciudadanía.
2ª-Se crea el Observatorio de la Lectura y del Libro, órgano encargado de analizar la situación del libro, la lectura y las bibliotecas, y colaborar con instituciones similares de otras administraciones.
3ª-Se garantiza el acceso preferencial a la cultura a las personas con discapacidad.

Disposición transitoria única:

-Reseñar que mantienen su vigencia, en tanto no se desarrolle la presente ley, las normas anteriores referentes al D.L., es decir, la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de octubre de 1971 y la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 20 de febrero de 1973; el Decreto 2984/1972 del ISBN, la Orden de 1987 que regula la Agencia Española del ISBN; y el R.D. 582/1989 del Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas.

Disposición derogatoria única:
-Destacar que se deroga la Ley 9/1975, excepto en las secciones tercera y cuarta de su capítulo III.

viernes, 6 de abril de 2007

Graham Greene

Hola a tod@s.

En esta ocasión, voy a hablaros de uno de mis escritores predilectos, tanto por su literatura como por su experiencia personal. Sin duda, una persona singular, un tipo que no deja indiferente a nadie: Graham Greene. Inglés convertido al catolicismo, reportero en las colonias africanas poco antes de iniciarse el proceso de descolonización, en la Guerra de Corea, y en otros muchos sitios conflictivos. En fin, un hombre con una experiencia vital riquísima, que supo reflejar en sus libros, mostrando con toda claridad que no era ajeno a los problemas tan graves de la humanidad, porque ningún ser humano puede ser ajeno a ellos.
Sólo he podido leer, por el momento, tres de sus novelas pero, en ellas, hay una constante que, en mi opinión, hace que sus obras sean tan atractivas: los dilemas morales, la doble moral, el conflicto cotidiano entre los principios religiosos y éticos, y la práctica que nos imponen las condiciones en las que vivimos, nuestros instintos, etc. Ante todo, lo que Greene nos cuenta son historias humanas, al ras de la realidad, con una penetración psicológica muy profunda de los personajes. Por otro lado, su capacidad de descripción de los paisajes y de los ambientes en los que se desarrolla la acción es impresionante, casi se puede sentir el húmedo y pegajoso calor, u oler el aire malsano de los tugurios.
Además, suelen ser historias de intriga, de espías o con un ambiente bélico (algo que conocía de primera mano), con un ritmo muy suelto, de lectura rápida y sencilla, a la vez que su estilo literario es excelente. Es capaz de compaginar la amenidad y la sugestividad con un nivel literario muy bueno (algo nada sencillo de conseguir y que sobresale más en la actualidad, no hay más que observar algunas de las novelas más vendidas últimamente).

En fin, que os recomiendo que leáis las novelas de Graham Greene, porque creo que no os defraudarán. Os harán pensar y reflexionar sobre la realidad que no os rodea (desgraciadamente, no han cambiado demasiado las cosas en la mayoría de las latitudes de este nuestro mundo, durante las últimas décadas). No se trata de una literatura complaciente, sus narraciones suelen ser pesimistas y dejan un sabor más bien amargo. Pero es que este es el mundo que nos ha tocado vivir, y si no se llamase la atención sobre todo aquello que está mal, ni siquiera nos plantearíamos que las cosas pueden remediarse, que pueden ir hacia mejor.
En mi opinión, hay una frase del propio Graham Greene que resume inmejorablemente el espíritu de su obra: "Intento comprender la verdad, aunque esto comprometa mi ideología". Otra frase suya no menos significativa es esta: "Si conociéramos el verdadero fondo de todo, tendríamos compasión hasta de las estrellas".

Espero que la lectura de Graham Greene sea de vuestro agrado. Y espero vuestros comentarios y reflexiones. Será un placer contestaros y que se abra un diálogo sobre aquellos temas que os interesen. Un abrazo a tod@s.